{"id":1233,"date":"2017-01-12T20:11:34","date_gmt":"2017-01-12T20:11:34","guid":{"rendered":"http:\/\/valmeyerfca.cl\/outsourcing\/?page_id=1233"},"modified":"2017-01-12T20:25:06","modified_gmt":"2017-01-12T20:25:06","slug":"asesorias-legales","status":"publish","type":"page","link":"http:\/\/valmeyerfca.cl\/outsourcing\/asesorias-legales\/","title":{"rendered":"Asesor\u00edas Legales"},"content":{"rendered":"<section class=\"wpb-content-wrapper\"><p>[vc_row][vc_column][vc_column_text]<\/p>\n<h3>1. Utilizaci\u00f3n de recursos devengados pero no percibidos por trabajadores<\/h3>\n<p>Proponemos como alternativa de financiamiento del \u201ccr\u00e9dito fiscal universitario\u201d las siguientes ideas que pueden ser analizadas considerando que el sector privado, en conjunto con sus trabajadores, pueden hacer un esfuerzo en pos de ayudar a que los estudiantes financien su educaci\u00f3n superior con fondos que posibilitar\u00edan el no endeudamiento del trabajador o de sus hijos con la utilizaci\u00f3n de valores que puede tener devengados al desarrollar su actividad laboral:<\/p>\n<p>[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h5><em>Feriado Legal Acumulado<\/em><\/h5>\n<p>Las empresas deben reconocer en sus estados financieros la totalidad de los valores devengados por vacaciones, a trav\u00e9s de provisiones, por lo que en sus balances ya han incorporado el gasto.<br \/>\nEl trabajador puede hacer uso de 10 d\u00edas corridos de vacaciones al a\u00f1o, pudiendo acumular el resto y utilizarla de acuerdo a su arbitrio. Recordamos que hay 15 d\u00edas h\u00e1biles por a\u00f1o trabajado, cifra que se incrementa a partir del decimotercer a\u00f1o de trabajo (un d\u00eda por cada tres a\u00f1os).<br \/>\nSe propone modificar la legislaci\u00f3n laboral y tributaria para permitir que los empleadores puedan pagar en dinero dicho beneficio, pero acotado al reembolso o pago directo de aranceles de estudios universitarios de los hijos del trabajador. Con ello, se debe permitir que las empresas consideren como gastos aceptados los montos pagados y que para todos los efectos no tengan la calidad de remuneraci\u00f3n.[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h5><em>Indemnizaci\u00f3n por a\u00f1os de servicio<\/em><\/h5>\n<p>Hay dos sistemas de uso general. Indemnizaciones pactadas a todo evento, lo que se contabiliza anualmente al momento de devengarse y las indemnizaciones no pactadas o legales, que corresponden a un mes por a\u00f1o, con tope de 11 meses, y un remuneraci\u00f3n m\u00e1xima de 90 UF, las cuales s\u00f3lo se contabilizan al momento del pago, dado su car\u00e1cter de eventual.<\/p>\n<p>Se propone que las empresas puedan pagar anticipadamente los valores devengados o eventualmente devengados como anticipo de indemnizaci\u00f3n, bajando as\u00ed sus pasivos, con la calidad de gasto tributario aceptado y que no constituya remuneraci\u00f3n para ning\u00fan efecto, cuando se destine a reembolsar o pagar directamente aranceles de estudios superiores de los hijos de los trabajadores.[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h5><em>Pagos de bonos o incentivos especiales<\/em><\/h5>\n<p>Cualquier entrega de beneficios avaluables en dinero que el empleador entregue a sus trabajadores, constituir\u00e1n remuneraci\u00f3n y como tal tambi\u00e9n estar\u00e1 afecta a impuesto \u00fanico de segunda categor\u00eda, pudiendo incluso ser considerada como un gasto no aceptado tributariamente para la empresa, considerando que podr\u00eda ser calificado de no necesario al ser una entrega voluntaria y no universal a todos los trabajadores de la empresa (ejemplos: Viajes; televisores; comidas; dinero; etc.).<\/p>\n<p>Se propone permitir que las empresas puedan entregar a sus trabajadores pagos espor\u00e1dicos de bonos o incentivos que tengan la calidad de gastos aceptados tributariamente y que no constituyan remuneraci\u00f3n para ning\u00fan efecto, de cifras destinadas al pago de cr\u00e9ditos universitarios ya concedidos, sean propios o de sus hijos, como tambi\u00e9n de aranceles actuales.[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h3><span class=\"Estilo2\">\u00bfQu\u00e9 se pretende con lo propuesto?<\/span><\/h3>\n<p>Despertar el uso solidario de recursos privados, como tambi\u00e9n otorgar un nivel de negociaci\u00f3n entre el empleador y su trabajador que permita a ambos beneficiarse de un esfuerzo conjunto en pos de un fin superior \u201cla educaci\u00f3n del trabajador y\/o de sus hijos\u201d, bajando pasivos onerosos en momento de crisis de las empresas y tangibilizando beneficios que no siempre son percibidos por los trabajadores, todo protegido con la responsabilidad del empleador del uso de los recursos en el pago directo o reembolso de aranceles, evitando as\u00ed destinos inadecuados o no permitidos.<\/p>\n<p>Consecuencia: El estado s\u00f3lo \u201canticipa una p\u00e9rdida\u201d equivalente al impuesto de Primera Categor\u00eda por las cifras anticipadas que ser\u00e1n rebajadas como gasto en las empresas y pierde el impuesto \u00fanico que por la renta ser\u00eda de cargo del trabajador, pero se trasladar\u00edan recursos equivalentes al financiamiento de la educaci\u00f3n con recursos \u201caportados directamente por el estudiante\u201d, sea \u00e9sta de cr\u00e9dito fiscal universitario ya concedido o por compensaci\u00f3n de cr\u00e9ditos futuros que no ser\u00e1 necesario otorgar, posibilitando la redistribuci\u00f3n a otros usuarios del beneficio.[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h3><span class=\"Estilo2\">2. Incentivar el uso de tecnolog\u00eda<\/span><\/h3>\n<p>Se propone otorgar un cr\u00e9dito contra los impuestos, por los pagos de servicios y compra de equipos y software que sea necesario para la utilizaci\u00f3n de Internet como herramienta de apoyo para las empresas y personas.<br \/>\nSe propone legislar sobre la posibilidad de otorgar un cr\u00e9dito contra los impuestos de Primera Categor\u00eda (para las empresas) que incentive la utilizaci\u00f3n de Internet para presentar las declaraciones de impuestos, planillas de cotizaciones previsionales, tr\u00e1mites ante los organismos p\u00fablicos, env\u00edo de informaci\u00f3n solicitada por el SII, las Superintendencias, el INP, los tribunales de justicia, etc., todo lo cual permitir\u00e1 EFECTIVAMENTE que Chile tenga una utilizaci\u00f3n beneficiosa de una tecnolog\u00eda que hasta el momento no han adoptado la mayor\u00eda de nuestros contribuyentes.<\/p>\n<p>Los beneficios est\u00e1n muy claros para el SII, la superintendencias, los bancos, el INP, las Isapres, etc., quienes se liberan del proceso de digitaci\u00f3n de datos, del cobro por la impresi\u00f3n de formularios y a veces por la recaudaci\u00f3n de dineros, etc., todo lo cual podr\u00eda ser acompa\u00f1ado del otorgamiento directo del mencionado cr\u00e9dito, que podr\u00eda ser por tres a\u00f1os consecutivos en escalas decrecientes, teniendo topes a definir (similar al sistema que se emple\u00f3 para iniciar el proceso de clasificaci\u00f3n de riesgo).<br \/>\nAdem\u00e1s, proponer o disponer que las municipalidades reciban las declaraciones de capital propio v\u00eda Internet, evitando as\u00ed una serie de tr\u00e1mites tediosos y poco productivos, respaldando tal acci\u00f3n en el mismo sitio del SII, el cual es el organismo autorizado para validar si tal declaraci\u00f3n es correcta, dado que tiene los datos y las atribuciones legales para fiscalizar su determinaci\u00f3n (las municipalidades no las tienen).<\/p>\n<p>De lo anterior podemos concluir que con simples procesos coordinados entre autoridades e instituciones del estado y con el esfuerzo compartido entre privados y el Estado, podemos avanzar y ser protagonistas, a nivel mundial, de los beneficios de la tecnolog\u00eda que nos brinda la red de redes, aumentando de paso nuestra productividad y dando mas calificaci\u00f3n a nuestros trabajadores (no para que hagan colas o filas para entregar un formulario).[\/vc_column_text][vc_column_text]<\/p>\n<h3><span class=\"Estilo2\">3. Evitar costos tributarios adicionales por cotizaciones de salud<\/span><\/h3>\n<p class=\"Estilo1\">Dado que esta muy en boga comentar sobre el uso de las cotizaciones previsionales de salud y la nueva posibilidad de traspasar fondos al financiamiento de prestaciones solidarias definidas en el denominado \u00abAUGE\u00bb, creo necesario que los cotizantes recuerdo que:<\/p>\n<p class=\"Estilo1\">1) Son considerados como descuentos previsionales \u00abrebajables\u00bb de la base imponible del impuesto \u00fanico a los trabajadores hasta 4,2 UF mensuales.<br \/>\n2) Por ello, todo valor que supere dicha cifra debe ser \u00abaportada\u00bb despu\u00e9s de pagar el impuesto, es decir, a mayor aporte significa mayor tributaci\u00f3n, ya que, por ejemplo, una persona soltera es \u00abfinanciada\u00bb por el estado en la misma proporci\u00f3n que una persona que tiene tres hijos, debiendo costear un valor mayor por su plan que significa primero pagar el impuesto y luego destinar a la protecci\u00f3n de salud.<br \/>\n3) Adicionalmente a lo anterior, la cotizaci\u00f3n est\u00e1 exenta de IVA s\u00f3lo hasta 4,2 UF, por lo que nuestro vilipendiado \u00abjefe de hogar\u00bb que tiene tres hijos, adem\u00e1s, deber\u00e1 contribuir con una esfuerzo adicional al soportar la aplicaci\u00f3n del IVA por todo valor cotizado que supere las 4,2UF.<\/p>\n<p><span class=\"Estilo1\">Distorsi\u00f3n: A mayor necesidad de protecci\u00f3n, menor apoyo fiscal, es decir, por tener un grupo mayor que proteger, debe esforzarse m\u00e1s en aportar al Estado.<br \/>\nAlternativa de soluci\u00f3n: Creo que debiera asignarse un valor por carga familiar, el cual debiera estar considerado como una cotizaci\u00f3n previsional deducible de impuesto y no ser afectado con IVA (4,2 UF por titular y 1UF por cada carga familiar incorporada al plan de salud), con lo cual se corrige una distorsi\u00f3n que resulta hasta hoy poco justificable, sobre todo ahora que se est\u00e1 publicitando un car\u00e1cter solidario en todo lo que se anuncia.<\/span>[\/vc_column_text][vc_empty_space height=\u00bb20px\u00bb][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n<\/section>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] 1. 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